Propiedad Industrial y cuentos chinos

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Al margen de las bondades que se predican del “offshoring”, que algunos entienden como la mejor forma de que las empresas punteras sobrevivan y crezcan, al tiempo que aquéllas otras menos productivas se orienten hacia nuevas actividades en las que gocen de ventajas relativas, lo cierto es que la aventura de trasladar todo o parte de la producción de una empresa al sudeste asiático, no siempre resulta tan provechosa como algunos se la prometen.

En efecto, entre otros muchos riesgos, la subcontratación implica la necesidad de compartir y poner a disposición de la otra empresa una serie de activos de Propiedad Industrial (marcas, diseños industriales, patentes), y también un know-how, unos derechos de autor, o unos nombres de dominio que, en cuanto activos intangibles, suelen constituir la principal fuente de ventaja competitiva para la empresa. Por eso, antes de emprender cualquier estrategia internacional, es vital proteger y gestionar adecuadamente esa cartera de derechos industriales, efectuando una estricta evaluación o due diligence, para fijar cuáles son esos derechos, si quedan lagunas de protección, si existe algún activo cedido o licenciado a terceros, o si existen informaciones confidenciales que nunca deben salir del más estricto círculo empresarial.

Del mismo modo, es fundamental exigir a la empresa subcontratada garantías de respeto por los derechos de Propiedad Industrial y los secretos industriales, para tratar de reducir los riesgos derivados de la pérdida de información confidencial, sea voluntaria o accidental; fijar claramente cuáles son los derechos de marcas, diseños y patentes registrados de los que se disponen, y los límites dentro de los que se cede su uso; establecer el régimen de titularidad de los nuevos desarrollos o mejoras que puedan producirse, así como la responsabilidad por el desprestigio que pueda sufrir la marca en caso de productos defectuosos o de calidad inferior a la acordada, entre otras cuestiones.

Pero, y sobre todo, hay que hacer un estudio realista de las posibilidades de defender nuestros derechos de Propiedad Industrial, en caso de que sean vulnerados. A nadie se le oculta que los mecanismos administrativos y judiciales de solución de controversias son aún deficientes, existen importantes vacíos legales, falta coordinación entre los organismos públicos, y existe un fuerte proteccionismo local, lo que propicia, en caso de ruptura de negociaciones- a veces, expresamente provocada-, la falsificación de los productos de la empresa cliente, la violación de sus patentes, o la piratería de su software y nombres de dominio de Internet.

Y si nos ceñimos a Internet, también ha crecido rápidamente en China la piratería on-line, ya que no existe una normativa clara que regule la responsabilidad de los proveedores de servicios de Internet que hospeden webs con productos falsificados. A esta situación también ha contribuido el hecho de que, desde marzo de 2003, cualquier empresa, en cualquier parte del mundo, puede registrar sus nombres “.cn” , bien como dominio territorial o de segundo nivel, o bien como dominio de tercer nivel: “.com.cn”, “.net.cn”, “.org.cn”. Y todo ello, sin necesidad de justificar presencia local en China, ni tener marcas registradas o relación con el nombre de la empresa., tan sólo solicitarlo el primero, con lo cual, el riesgo de ciberocupación es muy elevado. De hecho, es una práctica muy extendida el registro de mala fe de los dominios de compañías afamadas, para luego revenderlos a alto precio. Sin embargo, también es cierto que estas empresas han conseguido recuperara sus dominios en los tribunales y obtener indemnizaciones, irrisorias, por supuesto.

Es importante, por tanto, para las empresas, adelantarse a estas situaciones, registrando sus nombres de dominio que, normalmente, consistirán en una abreviación en chino o en inglés de su marca o mensajes publicitarios. Si su nombre ya estuviese ocupado, una solución sería añadir algunos otros caracteres o números.

Sin tratar de ser tremendistas, sepamos tomar las precauciones debidas, para que nuestros proyectos no se vean trocados en cuentos chinos o de las mil y una noches (sin dormir), y que, a lo sumo, queden , como diría Jardiel, en “una noche de primavera sin sueño”, como ésta, en la que hemos querido dejar apuntadas tan sólo unas reflexiones.